Es un aparato que tiene dentro un agente o substancia extintora que puede ser proyectada y dirigida sobre un fuego por la acción de una presión interna, la que puede obtenerse por una compresión anterior permanente, por una reacción química o por la liberación de un gas socorrer. El extintor debe estar siempre y en todo momento en buen estado y el personal debe saber cómo manejarlo. Su localización debe ser aparente y accesible, estar cercano a las salidas de evacuación, de prioridad sobre aguantes fijados en forma vertical, tal es así que la parte superior del extintor quede ubicado como máximo a 1,70 cm del suelo. Forma el objeto de este Reglamento la determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación/aplicación, cuidado y también inspección de los equipos, sistemas y elementos que constituyen las instalaciones de protección activa contra incendios. En los sistemas de detección, alarma y extinción, se acepta la conexión remota a un centro de gestión de servicios de mantenimiento.
Por una parte, deben estar informadas de la normativa vigente en nuevas construcciones, garantizando una instalación correcta y que ande apropiadamente. Por otra parte, también surge la necesidad de adaptar los inmuebles ya construidos para que estos resulten más seguros en la medida de lo posible. Las soluciones contra incendios cambiarán según el edificio, pero saber la normativa y contar con la información, resulta esencial en un proyecto de obra. Unos objetivos, todos ellos, que requieren de la adecuada coordinación en la Administración General del Estado y entre ésta y las gestiones de las comunidades autónomas.
Los sistemas de extinción por agua nebulizada, van a estar conectados a un suministro de agua (almacenada en botellas o bien en depósito con sistema de bombeo), a través de un sistema de cañerías pertrechadas de una o más boquillas, capaces de nebulizar el agua en su descarga. Estos sistemas podrán descargar agua nebulizada pura o una mezcla de esta con otros agentes. El diseño y las condiciones de instalación de los sistemas de extinción por rociadores automáticos, van a ser conformes a la norma UNE-EN 12845. La norma UNE-EN 54-1, detalla los elementos de los sistemas de detección y alarma de incendio, sujetos al cumplimiento de este Reglamento.
En caso de retirada de la marca de conformidad o de anulación del documento que recopila la evaluación técnica, el fabricante, importador o persona responsable adoptará en el instante las medidas correctoras primordiales para que sea acorde, para que sea retirado del mercado o para que sea recuperado, en caso necesario. – Las condiciones de uso previstas y el programa de mantenimiento periódico con las operaciones que, como mínimo, requiera el producto durante su historia útil para poder ser usado de manera confiable. 4.º Sostendrán una información permanente al público sobre la llegada y la vigencia de las evaluaciones técnicas efectuadas. La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa realizará y sostendrá actualizada una guía técnica, de carácter no vinculante, para la app práctica de las disposiciones del Reglamento y los anexos que se aprueban por este real decreto, que podrá detallar aclaraciones en conceptos de carácter general.
En sistemas fijos de extinción por polvo, revisar que la proporción de agente extintor está en los márgenes permitidos. En sistemas fijos de extinción por agua o por espuma, comprobar que el suministro de agua está garantizado, en las condiciones de presión y caudal previstas. Seguridad contra incendios. Sistemas de control de temperatura y evacuación de humos (SCTEH). Requisitos para la instalación, puesta en marcha y mantenimiento periódico de los SCTEH.
Se va a deber mantener en torno a cada BIE una zona libre de obstáculos, que deje el acceso a ella y su maniobra sin dificultad. Para las BIE con manguera semirrígida o manguera plana, la separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. La distancia desde cualquier punto del área protegida hasta la BIE mucho más próxima no deberá sobrepasar del radio de acción de exactamente la misma. Tanto la separación, como la distancia máxima y el radio de acción se van a medir siguiendo recorridos de evacuación. El número y distribución de las BIE tanto en un espacio diáfano como compartimentado, va a ser tal que la integridad de la área del ámbito de Brigada Incendio en que estén instaladas quede cubierta por, al menos, una BIE, considerando como radio de acción de esta la longitud de su manguera incrementada en 5 m.
A) Disponer de la documentación que identifique a la compañía mantenedora, que en el caso de persona jurídica, deberá estar constituida legalmente. C) Tener los medios técnicos precisos para el avance de su actividad, en condiciones de seguridad. A) Tener la documentación que identifique a la empresa instaladora, que, en el en caso de ser persona jurídica, habrá de estar constituida legalmente. Si un desarrollador o importador se considera afectado por la no concesión o la retirada de la marca de conformidad, o por la no emisión o anulación del documento que recoge la evaluación técnica, va a poder manifestar su desacuerdo frente al organismo que la conceda. Los organismos a los que mencionan los apartados 2 y 3 remitirán al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad la relación de productos a los que se les ha concedido la marca de conformidad a regla o el certificado de evaluación técnica conveniente de la idoneidad.